Un fiscal pidió agravar la condena contra Cristina Kirchner con una advertencia para el próximo gobierno

El fiscal Mario Villar pidió hoy a la Cámara Federal de Casación Penal que agrave la condena de seis años de cárcel impuesta a Cristina Kirchner por corrupción en la causa Vialidad. Villar se quejó de que en la sentencia se computó como un solo delito, el fraude en 51 licitaciones de obra pública, y advirtió que el mensaje para los futuros gobernantes es “que si se van a delinquir es mejor hacerlo muchas veces y se la cobraran como una”.

Villar presentó un dictamen de 151 carillas, en lo que se llama “el término de oficina” que tienen los abogados de los acusados y los acusadores para revisar el expediente y -si lo desean- plantear en un escrito un resumen de sus argumentos, que serían ampliados ante los jueces de la Casación en una audiencia oral y pública.

De hecho, Cristina Kirchner también presentó, a través de su abogado Alberto Beraldi, su memorial en el que pide que se revoque la condena, su absolución y reitera que las denuncias se hicieron sobre un mecanismo de persecución judicial en su contra.

Ahora, el presidente de la Sala IV de la Cámara de Casación, Gustavo Hornos, deberá fijar fecha para una audiencia oral y pública, que se llevará a cabo junto con sus colegas Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña (sorteado tras la excusación de Javier Carbajo). De esa audiencia participarán los abogados de los acusados y la fiscalía; podrán exponer oralmente si lo desean sus razones para confirmar o revocar la condena del caso en el que se juzgó desvíos en la obra pública en Santa Cruz.

El Código Procesal establece que una vez que se realiza esta audiencia los jueces tienen un plazo de 20 días hábiles para dictar sentencia. Pero este plazo no siempre se cumple. En el caso Hotesur y Los Sauces, por ejemplo, el plazo está vencido desde hace meses. Es otro expediente que tiene a la vicepresidenta como protagonista.

El fiscal Villar advirtió que los hechos que se juzgaron en la causa de Vialidad son sumamente graves y alcanzan a “diversos funcionarios y, muchos de ellos, dependientes del Poder Ejecutivo Nacional y a nada menos que a la persona que ejercía el cargo de Presidenta de la Nación”. Por eso señaló que los fucnioarnios están acusado de violar la confianza que depositaron en ellos los votantes cuando los eligieron. “La reacción punitiva debe ser proporcional al delito, a la culpabilidad y al grado de ilicitud. Aquí se imputa a estos funcionarios violar la confianza que los ciudadanos les dieron en el proceso democrático, con su voto o no, pues representaban a todos los argentinos”, argumentó el fiscal.

Los jueces que impusieron la condena (Rodrigo Giménez Uriburu, Joge Gorini y Andrés Basso) entendieron de acurdo con los precedente del Corte que la administración fraudulenta, por más que se hubiera registrado en 51 ocasiones, como son las 51 licitaciones investigadas, se deben considerar como un solo delito. Esto es así porque se considera que es un acto de la misma administración. Pero el fiscal Villar se plantó ante esta interpretación. Señaló que no puede hacerse unm “descuento por cantidad” a la vicepresidenta y encima no considerar en la sentencia el delito de asociación ilícita.

“Una pena exigua”

“La expresidenta y sus funcionarios están imputados en 51 licitaciones a lo largo de varios mandatos. La pena resultante del fallo, al considerarlos un solo hecho no solo aparece como exigua sino como paradójica, pues comunica a la sociedad y, en particular, a los futuros funcionarios, que si se va a delinquir es mejor hacerlo muchas veces y se la cobraran como una”, escribió el fiscal.

El voto mayoritario, de Rodríguez Uriburu y Gorini, descarta la aplicación de la figura de la asociación ilícita. Basso, en cambio, si se pronuncia por utilizarla, pero quedó en minoría. El fiscal Villar insistió en su presentación en que se debe aplicar en este caso y señaló que “si un conjunto de funcionarios, vinculados con un área específica, actúan articuladamente para desviar fondos públicos, es decir se asocian para cometer delitos, constituyen una organización criminal”.

“Esto no significa que es el Estado al que se acusa, sino a personas que, violando sus deberes y su juramento al asumir el cargo, decidieron usar sus posiciones de poder para cometer delitos. Aquí no se enjuicia al Estado, tampoco se trata de oportunidad, mérito o conveniencia en uso de la discrecionalidad del ejercicio de sus cargos, sino de, simple y llanamente, delitos. Nadie está por encima de la ley, no importa la jerarquía de su cargo o su poder”, sostuvo el funcionario.

Además presentaron sus argumetnos en Casación José Francisco López, Raúl Osvaldo Daruich, Raúl Gilverto Pavesi y Mauricio Collareda . Las defensas coincidieron en cuestionar la admisibilidad del recurso fiscal; a su vez, sostuvieron que el tribunal oral valoró la prueba de manera defectuosa y arribó a conclusiones arbitrarias. Solicitaron que las absoluciones sean confirmadas o las condenas revocadas, segun cada caso.

Villar afirmó, en línea con los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, que las absoluciones decretadas en favor de Cristina Kirchner, Julio Miguel De Vido, José Francisco López, Nelson Periotti y Lázaro Antonio Báez, por asociación ilícita, fueron producto de un arbitrario análisis del tipo penal en cuestión.

Villar argumentó en contra de las absoluciones vinculadas con el delito de defraudación en contra de la administración pública, respecto de Julio Miguel De Vido, Abel Fatala y Héctor René Jesús Garro. También cuestionó la absolución por prescripción de Carlos Santiago Kirchner.

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