La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó por unanimidad los cuestionamientos a una serie de allanamientos realizados en el marco de la causa en la que se juzgó a integrantes de la banda conocida como “Los Monos” por atentados contra jueces y funcionarios judiciales.
En septiembre de 2021 Máximo “Guillle” Cantero fue condenado a 22 años de prisión por haber ordenado desde la cárcel 14 atentados a domicilios de magistrados y edificios judiciales. También fueron condenados otros seis miembros de la organización criminal.
A partir de fines de mayo de 2018 se iniciaron una serie de atentados que incluyeron edificios judiciales, como la sede de la Fiscalía de Rosario, el Centro de Justicia Penal, el Concejo Municipal y las residencias de magistrados.
La primera balacera ocurrió el 29 de mayo de 2018 y tuvo como blanco al juez Ismael Manfrín, que en ese entonces había ordenado el traslado del líder de Los Monos desde la cárcel de Piñero, ubicada a 25 kilómetros de Rosario, hacia la Unidad Penal Nº7 de Resistencia, Chaco.
En esa investigación se realizaron una serie de allanamientos que fueron cuestionados por unas 50 personas que ocupaban las propiedades requisadas, alegando desconocer los motivos de esos allanamientos, no haber recibido copia de la orden ni del acta de sus resultados y reclamando la devolución de los bienes secuestrados, en su mayoría artefactos electrónicos, celulares y computadoras portátiles.
El juez Penal de Rosario no hizo lugar a la invalidez de los allanamientos planteada por el Servicio Público Provincial de Defensa Penal de Santa Fe.
Llegado el caso hasta el máximo tribunal, la Corte, con las firmas de los cuatro jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Loreznetti, desestimó el planteo porque no está dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable a ella.