Las elecciones en Santa Cruz son este domingo 13 de agosto, fecha en que los ciudadanos votan a gobernador, vicegobernador, diputados provinciales, y representantes del pueblo para el Consejo de la Magistratura. Este año también definirán otros cargos municipales, como intendente y concejales, pero esto lo harán el 22 de octubre.
Los comicios provinciales en Santa Cruz coinciden con las PASO nacionales, por las cuales los argentinos definen los candidatos que competirán en las elecciones generales, que caen el mismo día de la votación municipal en el distrito sureño. Este también es el caso de la ciudad de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires, Catamarca y Entre Ríos.
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Es importante aclarar que todos los ciudadanos a partir de 18 años y hasta los 70 que se encuentren inscriptos en el padrón nacional electoral deben participar obligatoriamente de las elecciones, tanto de las PASO como las elecciones provinciales. En consecuencia, aquellos que no cumplan con su deber ciudadano recibirán una sanción.
Cuál es la sanción para quienes no vayan a votar en la elección de Santa Cruz
De acuerdo al artículo 78 de la Constitución Provincial de Santa Cruz, el voto es “secreto y obligatorio”. Por lo tanto, los ciudadanos que figuran en el padrón y no se presenten al acto electoral recibirán una multa. Esta sanción quedará asentada en el Registro de Infractores de la Justicia Electoral y se deberá pagar consecuentemente.
De todos modos, esto no aplica en algunos casos previstos por la ley y, por ello, quienes no voten deberán justificar los motivos por los cuales no pudieron hacerlo ante la Justicia Electoral Provincial.
Quiénes están exentos de votar en Santa Cruz
De acuerdo al Código Electoral Nacional, las siguientes personas quedan exentas de votar:
Los electores mayores de 70 años.Los votantes menores de 18 años.Los electores extranjerosLos jueces y sus auxiliares que, por imperio de la ley, deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto electoral.Los electores que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar en que deben votar. En este caso, deberán presentarse el día de la elección ante la autoridad policial o consular más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia.Los votantes imposibilitados de asistir al acto electoral por una razón de fuerza mayor debidamente acreditada o una enfermedad certificada por médicos del sistema de salud de la provincia de Santa Cruz o, en ausencia de estos, por médicos particulares. En caso de hallarse fuera del ámbito de la ciudad, el elector deberá acreditar la imposibilidad sanitaria mediante constancia del sistema de salud de la localidad en donde se encontrase.El personal de seguridad y organismos o empresas de servicios públicos que deban realizar tareas durante el desarrollo del acto comicial. En ese caso, el empleador o su representante legal deberá comunicar a la Secretaría Penal y Electoral Permanente la nómina de personal respectiva dentro de las 72 horas anteriores a la fecha de la elección con la pertinente certificación.
Cabe aclarar que, en estos casos, si lo desean, las personas pueden votar de todos modos, siempre y cuando se encuentren empadronados.
Dónde voto: cómo consultar el padrón electoral en Santa Cruz
Los ciudadanos podrán consultar el padrón en el sitio oficial de la Cámara Nacional Electoral (CNE) y, por ese medio, conocer en detalle el lugar de votación que les fue asignado para emitir su voto en las elecciones provinciales y las nacionales.
Para acceder a esta información es preciso completar las casillas con los siguientes datos: el número de documento, una definición sobre el género de la persona que consulta y el distrito ―en el cual debe seleccionar la opción “Santa Cruz”―. Por último, se debe realizar una verificación de identidad a través de un captcha. Una vez llenados estos campos, el sistema mostrará la dirección del establecimiento al cual debe acudir el elector, con el número de la mesa y el número de orden.