Dólar soja: luego de oficializarse la medida, los exportadores insistieron en que se unifique el tipo de cambio

Luego de que el Gobierno publicara en el Boletín Oficial el nuevo esquema del dólar soja, que fija condiciones para que los exportadores liquiden soja en el mercado local, desde la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (Ciara) y el Centro de Exportadores de Cereales (Cec), dijeron que no se está frente a un típico programa exportador como las versiones anteriores. Además, reiteraron que lo que necesita el sector agropecuario es la unificación cambiaria y la eliminación de las retenciones. La medida va a estar en vigor hasta fin de este mes.

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Ante la publicación del Decreto 443/23 del Poder Ejecutivo, Ciara-Cec desea informar que las disposiciones que contiene indican que no estamos frente a un típico programa exportador como las versiones anteriores, es por ello que queremos resaltar que cada empresa decidirá individualmente si ingresa al esquema y de qué manera operará”, indicaron tras oficializarse la medida.

En esa línea, agregaron que “cada exportador tomará esa decisión sobre la base de sus necesidades de molienda y/o del programa de exportación de soja y subproductos de la soja de origen argentina”. Precisaron que por esta razón no emitirán “análisis o datos”.

Aprovechamos para reiterar que como industria creemos que la mejor política es la unificación cambiaria y la eliminación de todo tipo de restricciones para que podamos ser realmente un país agroexportador, que piensa en el beneficio integral y de cada uno de los sectores que conforman una gran cadena. Pensar y ejecutar una política exportadora inclusiva y federal, además de generar mayores ingresos de divisas y más empleo nos permitirá consolidar a la Argentina como líder en el comercio internacional de alimentos, biodiésel y tecnología”, señalaron.

En el decreto el Gobierno fija que el 75% se deberá ingresar al tipo de cambio oficial, mientras que el 25% restante será de libre disponibilidad, es decir que cada empresa decidirá que hacer con ese 25%.

Uno de los artículos del reciente decreto estipularon que aquellos que adhieran al programa deberán liquidar las divisas hasta el 30 de septiembre, “incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación”.

En ese sentido detallaron que pagarán las retenciones una mitad en adelanto y otra parte a través de un certificado. “Deberán abonar una suma en concepto de adelanto, considerando la mitad del porcentaje previsto en el artículo 4º del Decreto N° 1177 del 10 de julio de 1992 conforme la mercadería de que se trate, en un plazo que no podrá superar el 28 de septiembre de 2023, inclusive, considerando como base imponible el monto que surja de las divisas ingresadas y negociadas a través del Mercado Libre de Cambios (MLC) de conformidad con lo indicado en el artículo 4º de este decreto”, precisa.

Y agrega: “Dichas sumas, expresadas en moneda extranjera, deberán considerarse un Certificado de Crédito Fiscal aplicable, en un primer término, al pago del derecho de exportación o, en su defecto, podrá utilizarse a los fines de la cancelación de obligaciones impositivas de los sujetos adheridos a los términos del presente Programa”.

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