Cuándo termina la veda electoral en las elecciones en Santa Cruz 2023

Las elecciones en Santa Cruz son hoy, domingo 13 de agosto. En ese sentido, los ciudadanos que se encuentran en el padrón deben acercarse a las urnas para elegir sus máximas autoridades provinciales. Para que el acto electoral transcurra de forma pacífica, este viernes se levantó la veda electoral, por la cual hay algunas actividades que se encuentran prohibidas en la provincia sureña.

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Cabe recordar que los comicios santacruceños coinciden con las PASO nacionales, por las cuales los argentinos definen los candidatos presidenciales que competirán en las elecciones generales del 22 de octubre. Esto también ocurre en la ciudad de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires, Catamarca y Entre Ríos.

Cuándo termina la veda electoral en Santa Cruz

Si bien es una instancia común a todas las jurisdicciones nacionales, la extensión y alcance de la veda electoral es definida por cada provincia. Para Santa Cruz, la campaña electoral debe terminar 48 horas antes del inicio del acto electoral, es decir que comenzó este viernes 11 de agosto. La veda debe respetarse hasta tres horas después de finalizados los comicios. Durante ese tiempo, está prohibida la emisión de propagandas por parte de los medios de comunicación y la publicación de encuestas.

En resumen, la veda se extiende hasta las 21 de este domingo, momento en que se puede empezar con la publicación y difusión de proyecciones sobre los resultados electorales.

Del mismo modo, cabe remarcar que algunas actividades quedan prohibidas para los electores 12 horas antes de que abran los comicios y hasta tres horas después del acto electoral.

Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral en Santa Cruz

Durante la veda electoral, las siguientes actividades quedan restringidas en Santa Cruz para garantizar el acto electoral:

Admitir reuniones de electores durante las horas de la elección a todo propietario o inquilino que, en los centros urbanos, habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de una mesa receptora de votos. Si la casa fuese tomada a viva fuerza, el propietario o inquilino debe dar aviso de inmediato a la autoridad policial.La realización de espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales y deportivas, y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral. Esta restricción rige durante las horas en que se desarrollan los comicios.Habilitar las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase durante el día de las elecciones.Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragios dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.La portación de armas y el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y tres horas después de finalizado la votación.La realización de actos públicos de proselitismo, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios.Cuál es la sanción para quienes no vayan a votar en la elección de Santa Cruz

De acuerdo al artículo 78 de la Constitución Provincial de Santa Cruz, el voto es “secreto y obligatorio”. Por lo tanto, los ciudadanos que figuran en el padrón y no se presenten al acto electoral recibirán una multa. Esta sanción quedará asentada en el Registro de Infractores de la Justicia Electoral y se deberá pagar consecuentemente.

De todos modos, esto no aplica en algunos casos previstos por la ley y, por ello, quienes no voten deberán justificar los motivos por los cuales no pudieron hacerlo ante la Justicia Electoral Provincial.

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