Cuándo termina la veda electoral en las elecciones en Mendoza 2023

Las PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) de la provincia de Mendoza establecieron restricciones a diversas actividades en las horas previas y posteriores a los comicios en los que hoy se definirán a los candidatos a gobernador para las elecciones generales del próximo 24 de septiembre.

La fecha de esta votación preliminar coincide con las elecciones de Corrientes, Tucumán y San Luis, donde hoy —sin instancia de PASO— se elige a las próximas autoridades provinciales.

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La veda electoral mantuvo limitaciones desde las 48 horas previas a la votación. En su mayoría, estas prohibiciones se mantienen hasta hoy a las 18, cuando culmine el acto electoral, mientras que algunas de ellas continuarán hasta las 20. Este es el caso, por ejemplo, de la venta de bebidas alcohólicas, que se restablece recién dos horas después de terminados los comicios.

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Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral en Mendoza

De acuerdo a la ley electoral de Mendoza, quedan prohibidas las siguientes actividades mientras este vigente la veda electoral:

Durante las elecciones y en el radio de los comicios, no hay más fuerza pública que la de los respectivos presidentes del mismo, cuyas órdenes y resoluciones deberán cumplir la fuerza pública.No está permitida la aglomeración de tropas o de cualquier ostentación de fuerza armada en el día del sufragio. Las fuerzas provinciales (con excepción de la policial destinada a guardar el orden, que se encontrase en la localidad en que tenga lugar la elección) se conservan acuarteladas durante la votación.Los funcionarios públicos no pueden imponer a sus subalternos que se afilien a partidos, o que voten por partidos determinados.No se pueden utilizar vehículos de propiedad del estado —cualquiera sea su naturaleza— en la campaña preelectoral ni en tareas no oficiales durante el día de los comicios. La misma prohibición se extiende a los vehículos pertenecientes a reparticiones autárquicas o descentralizadas.Está prohibido que los jefes y oficiales superiores de líneas armadas y autoridades policiales nacionales o provinciales encabecen grupos de ciudadanos durante la elección y hagan valer en cualquier momento la influencia de sus cargos para contar la libertad de sufragio. Tampoco pueden hacer reuniones con el propósito de influir en forma alguna en los actos electorales.Toda reunión de electorales o depósitos de armas está prohibida dentro del radio de 100 metros de la mesa receptora de votos. Si el local fuese tomado a viva fuerza, el propietario o inquilino debe dar aviso inmediato a las autoridades policiales.Durante las horas de los comicios, no se pueden realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales o deportivas, ni toda clase de reuniones públicas.Durante el día de los comicios, hasta pasada dos horas de la clausura del mismo, no está permitido tener abiertas las casas destinadas a expender de bebidas alcohólicas de cualquier clase. Están exceptuados de esta prohibición los establecimientos que vendan comida para consumir en el mismo local, los cuales sí podrán suministrar bebidas alcohólicas para acompañar los platos.Queda inhabilitado el uso y suministro de cualquier bebida alcohólica o que contenga alcohol, así como también el reparto de dinero o efectos y la realización de toda clase de juegos de azar, en los comités políticos y locales de reunión de electores.Está prohibida la portación de armas, la utilización de banderas, divisas u otros distintivos en los electores, desde las 18 del día anterior de la elección hasta la terminación de los comicios.

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