El Instituto de Previsión Social (IPS) inicia el pago de jubilaciones y pensiones de la provincia de Buenos Aires, según el calendario de pagos que figura en el sitio oficial del organismo y que corresponde al mes en curso. De esa forma, la entrega de los haberes jubilatorios de las personas que realizaron sus aportes a este organismo se hace entre el 28 y 29 de septiembre, según la terminación del DNI de los beneficiarios.
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En esta oportunidad, los haberes de este mes incluyen el bono de refuerzo de $30.000, dispuesto por el gobierno provincial para quienes tengan ingresos previsionales menores a $120.000. También se abona un bono de $25.000 para personas con pensiones sociales no contributivas y que reciben los regímenes establecidos por las leyes especiales n°927, 8172 y 14.245. Cabe recordar que en ningún caso es necesario efectuar trámites para percibir este dinero, sino que se abon de forma automática junto a los haberes jubilatorios.
El calendario de pagos del IPS de septiembre 2023Jubilaciones y pensiones28 de septiembre: DNI terminados en 0, 1, 2 y 329 de septiembre: DNI terminados en 4, 5, 6, 7, 8 y 9Pensiones no contributivas28 de septiembre: Todas las terminaciones de documentos
Quienes aún no sepan cuándo es su turno para recibir el pago de la prestación, pueden consultar el calendario de septiembre 2023 del IPS. El vencimiento del pago de estas prestaciones provinciales por ventanilla es el 24 de octubre.
Cómo tramitar la jubilación en la provincia de Buenos Aires
El IPS es la caja otorgante de la prestación siempre y cuando el afiliado registre mayor cantidad de años de servicios con aportes a este organismo (y no a la Administración Nacional de la Seguridad Social. Anses, por ejemplo). En tanto, si hubo servicios aportados a otras cajas, deberán acreditarse presentando el correspondiente Reconocimiento de Servicios.
Para obtener una jubilación ordinaria del IPS, es necesario que los solicitantes reúnan los siguientes requisitos:
60 años de edad y 35 años de servicios.50 años de edad y 25 años de servicios docentes.55 años de edad y 30 años de servicios docentes en cualquiera de las ramas de la enseñanza.50 años de edad y 25 años de servicios insalubres o agotamiento prematuro.40 años de edad y 20 de servicios al personal artístico que se desempeñe exclusivamente en cuerpo de baile.45 años de edad y 20 años de servicios para aquella persona afectada de ceguera congénita.45 años de edad y 20 años de servicios para aquella persona bajo el régimen de la ley 10593.
Para todos estos casos, existen distintas formas para iniciar el trámite jubilatorio:
Un turno presencial: esta opción está habilitada para agentes cesados en la administración pública provincial y organismos descentralizados, Poder Judicial, Poder Legislativo, órbita nacional pública y privada; ellos pueden solicitarlo a través del sitio oficial del IPS.Sistema Digital Autogestión “Mi IPS”: los agentes cesados en escuelas privadas pueden solicitar su trámite al ingresar al Módulo de autogestión para el trabajador.Sistema Digital Empleadores: en este caso, deberán dirigirse a la dirección de Recursos Humanos de su organismo empleador.Jubilación Ejecutiva: esta opción está habilitada para los agentes cesados en la administración pública, especialmente exclusivo para los organismos que utilizan entorno SIAPE. Para pedir la jubilación, deberán dirigirse a la Dirección de Recursos Humanos de su organismo empleador.Jubilación por agotamiento prematuro: está dirigido a los médicos que desean hacer su retiro antes de alcanzar la edad jubilatoria. En el caso de que no corresponda efectuar el cargo deudor por aportes no efectuados, deberán concurrir al departamento de gestión de Recursos Humanos del hospital donde trabaja. Si corresponde efectuar el cargo deudor, será necesario solicitar un turno presencial.