La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) finaliza hoy con el calendario de pagos del octavo mes de 2023. Tal como está previsto, este martes 29 de agosto distribuye las jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo y el Seguro de Desempleo, además del pago de las Asignaciones de Pago Único (Matrimonio, Nacimiento y Adopción) y las Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas.
Cuáles son las líneas de créditos de la Anses y quiénes pueden pedirlosAnses: uno por uno, qué beneficios y descuentos tienen quienes cobran prestaciones del organismo previsional
En lo que va de agosto, ya se entregaron las Pensiones No Contributivas (PNC), la Asignación por Prenatal y Maternidad, las jubilaciones y pensiones que no superan el haber mínimo, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
Por otro lado, los jubilados y pensionados reciben, en esta ocasión, la tercera cuota del bono extraordinario de agosto. Se trata del refuerzo que había sido anunciado por el Gobierno en mayo pasado y que asciende ahora hasta los $20.000, según el monto que percibe el titular.
En los próximos días, el organismo encabezado por Fernanda Raverta dará a conocer el cronograma de pagos de septiembre.
Quiénes cobran este martes 29 de agostoJubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo: DNI terminados en 8 y 9Seguro de Desempleo: DNI terminados en 8 y 9Asignaciones Pago Único: todas las terminaciones de documentos, del 4 de agosto al 11 de septiembreAsignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas: todas las terminaciones de documentos, del 8 de agosto al 11 de septiembre
Si aún no es su turno o aún no se le abona la prestación, puede consultar el calendario de agosto 2023 de la Anses.
Cómo inscribirse para cobrar el Seguro de Desempleo de la Anses
Las personas que se encuentren sin trabajo y deseen acceder al Seguro de Desempleo de la Anses deben cumplir determinados requisitos y realizar un trámite sencillo para empezar a cobrar la prestación, que habitualmente se distribuye en la cuarta semana del mes.
Para pedir el Seguro de Desempleo se debe presentar el DNI (original y copia) y la documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Para cobrar este plan social, se debe abrir una Caja de Ahorro mediante la Anses. Luego, se puede recibir el dinero por ventanilla o, tras recibir una tarjeta de débito, retirar el monto en un cajero automático.
De cuánto es el bono para los jubilados en agosto 2023Aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $70.938,24 recibirán un refuerzo de $20.000Aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $70.938,24 y menor o igual a $85.938,24 recibirán un refuerzo equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $90.938,24Aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $85.938,24 y menor o igual a $141.876,48 recibirán un refuerzo de $5000Aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $141.876,48 y hasta $146.876,48 recibirán un refuerzo equivalente a la cantidad necesaria para alcanzar esta última cifra ($146.876,48)Aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban más de $146.876,48 no recibirán ningún refuerzo