Ganancias: advierten sobre dudas y dificultades para implementar los cambios en la liquidación de los sueldos

Las autoridades de la cámara que reúne a las firmas de software se reunieron hoy con funcionarios de Economía, luego de haber manifestado en los últimos días su preocupación por la falta de precisiones sobre aspectos técnicos, a las cuales consideran necesarias para adecuar a las nuevas reglas de Ganancias los sistemas de liquidación de sueldos que les proveen a sus empresas clientes. En el marco de la compaña electoral, el Gobierno dispuso por decreto que, desde los ingresos devengados en octubre, no estarán alcanzados por Ganancias los empleados con remuneraciones de hasta el monto equivalente al salario mínimo, vital y móvil multiplicado por 15. Esa cifra es este mes de $1.770.000, pero en octubre podría rondar los $2.000.000, porque se actualizará en función de lo que se resuelva pasado mañana, miércoles, en una reunión del consejo del salario mínimo.

Además del incremento del piso salarial para tributar, el decreto 473 del Poder Ejecutivo y la resolución 5417 de la AFIP establecieron una modificación significativa en los valores de la tabla de alícuotas, algo que producirá un alivio del impuesto a pagar por los empleados que seguirán alcanzados en lo que resta del año por la carga fiscal. Ese cambio deberá considerarse para los ingresos devengados desde el 1° de octubre y percibidos hasta el 31 de diciembre (es decir, se trata de una modificación sin efectos retroactivos).

Según las autoridades de la Cámara de la Industria Argentina del Software (Cessi). la complejidad de lo dispuesto, un rasgo que se viene dando ya con los cambios aplicados al tributo a partir de una reforma legal de 2021, generó dudas y abrió espacios para diferentes interpretaciones en algunos aspectos.

Según contó a LA NACION Sergio Candelo, presidente de la institución, esta tarde se mantuvo un encuentro con Claudia Balestrini, subsecretaria de Ingresos Públicos de la cartera económica, y otros funcionarios, que resultó “positivo”, porque hubo respuestas de palabra ante la expresión de las dudas generadas. Falta, agregó, que las aclaraciones se pongan por escrito de la manera en que corresponda (podría ser a través del espacio de Consultas Frecuentes que está en la página de la AFIP), para que no haya lugar a ambigüedades.

Dificultades para adaptar los sistemas

El jueves de la semana última, la Cessi emitió un comunicado en el que advirtió “las inminentes dificultades en la implementación de los cambios” referidos a “la determinación del impuesto a las ganancias de cuarta categoría”. En el escrito se expresó la preocupación de las firmas de tecnología “ante la imposibilidad de cumplir en tiempo y forma con las adecuaciones de los sistemas de liquidación de haberes” que proveen a sus clientes. Esa imposibilidad, se señaló, está vinculada con “la falta de claridad y las insuficientes definiciones” de las normativas ya emitidas. A eso se suma que la reglamentación más reciente dispone que el impuesto, que por ley es de carácter anual, debe liquidarse dándole un tratamiento mensual.

El riesgo de que haya diferentes interpretaciones sobre cómo llevar lo decretado a la práctica es que la imposición resulte distinta para personas que están en igual o similar situación, simplemente por trabajar en diferentes empresas. El comunicado recuerda que desde 2021 se vienen haciendo cambios permanentes en el impuesto y que eso llevó a que se requirieran modificaciones a los sistemas “en un tema altamente sensible, con aspectos que generan distintas interpretaciones e incertidumbre respecto del proceder”.

Más allá de los posibles efectos distorsivos en los ingresos, desde la Cessi también señalaron que las modificaciones constantes producen un alto incremento en los costos de mantenimiento de los sistemas, “que deben ser absorbidos por las empresas de software”. En ese sentido, Candelo expresó que la aprobación del proyecto de ley que está en el Congreso podría (más allá de la opinión sobre las modificaciones en sí) darle mayor estabilidad a la tarea de preparar los sistemas para la liquidación.

Al margen de que en el Congreso se está tratando el proyecto para modificar el impuesto a partir de 2024, desde los salarios de octubre hay cambios que fueron dispuestos por un decreto, reglamentado a su vez por una resolución de la AFIP. Esta última normativa indica, por ejemplo, que no quedarán alcanzados por el tributo los empleados cuyas remuneraciones del mes en cuestión no superen el monto equivalente al salario mínimo, vital y móvil (SMVM) multiplicado por 15, ni tampoco cuando el sueldo bruto promedio del período que se iniciará el mes próximo esté por debajo de esa cifra. Es decir, si un empleado tiene un noviembre un salario que supera el límite establecido, pero al promediarlo con el del mes previo la cifra resulta inferior, entonces no habrá retención.

El régimen funcionará de esa manera a partir de las remuneraciones devengadas en octubre (cobradas en general en noviembre) y hasta las percibidas antes del 1° de enero de 2024. La normativa de la AFIP incluye un anexo con una tabla de alícuotas del impuesto que tiene valores incrementados respecto de la que rige hasta los salarios de este mes.

Otra disposición confirmada por la medida es que la segunda cuota del aguinaldo de este año, que se cobrará en diciembre, estará liberada de Ganancias para quienes tengan un salario promedio, en el segundo semestre, que no supere los 15 SMVM, según el valor que se disponga para esa referencia para octubre. Como consecuencia de eso, deberá haber devoluciones de montos ya descontados. Esto será así porque, cuando calculan el descuento por Ganancias, los empleadores suman cada mes una doceava parte del sueldo al monto imponible, para lograr que la carga fiscal sobre el aguinaldo esté repartida durante todo el año.

La decisión de Sergio Massa, ministro de Economía y candidato a presidente por el oficialismo, de prácticamente eliminar la imposición sobre los ingresos, es considerada por muchos economistas y tributaristas como una medida oportunista, que se anuncia y se aprueba entre las PASO y las elecciones generales, y riesgosa, dado que no está previsto cómo se cubrirá la pérdida de recaudación en un contexto de déficit fiscal -agravado por todas las medidas del llamado “plan platita”-, con lo cual contribuiría a la necesidad de una mayor emisión monetaria, con efectos inflacionarios.

Hay bastante consenso en identificar a este impuesto como uno de los más progresivos y de los más usados en el mundo. El problema en la Argentina es que el esquema está atravesado por fuertes distorsiones, como resultado de la inflación y la consecuente suba nominal de los ingresos, y también como efecto de varias medidas tomadas en los últimos años. La medida decidida por Massa beneficiará, con montos de hasta más de $500.000, a parte de las personas que están en el 5% de quienes tienen ingresos más elevados en la Argentina.

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