Costos millonarios y limitaciones constitucionales detrás del plan de Milei para avanzar con medidas a través de plebiscitos

Javier Milei, el candidato más votado en las elecciones primarias del último domingo, tiene entre sus propuestas fundamentales en materia económica la de reducir el gasto público en un 15%. También la de instrumentar el “plebiscito”, una herramienta de la Constitución Nacional, con la que, pese a las limitaciones que tiene para lo que él apunta, asegura que intentaría introducir varios de los cambios que quiere llevar adelante, como cerrar el Banco Central, realizar modificaciones a nivel de seguridad o dar marcha atrás en lo relativo a la ley de interrupción voluntaria del embarazo, ante su posible debilidad numérica en el Congreso para lograr cambios por esa vía. Sin embargo, entre una y otra idea, y a la par de las limitaciones constitucionales entre lo que quiere y lo que se puede, parece haber otra incompatibilidad: la organización de un plebiscito le costaría al Estado, al día de hoy, según pudo reconstruir LA NACION, entre 25.000 y 30.000 millones de pesos, incluyendo materiales, logística, autoridades de mesa, escrutinio, lo que demanda el Poder Judicial y el Comando General Electoral.

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El sistema que se utiliza para un plebiscito es el mismo que se implementa para las votaciones generales. Las únicas dos diferencias que implicarían un costo algo inferior a los que demandó el armado de los últimos comicios está, en primer lugar, en la cantidad de boletas a imprimir. En el caso de un plebiscito solo es entre el sí y el no, a diferencia de las elecciones, que requieren impresión de las boletas de las diferentes fuerzas. La otra diferencia es que el escrutinio se haría con menos gente, pero el resto de los costos son prácticamente idénticos a una elección general. Así, las cifras se ubican entre 25.000 y 30.000 millones de pesos, teniendo como referencia el gasto de las últimas elecciones.

Para la realización de un plebiscito se deberían garantizar, al día de hoy, casi 105.000 urnas, el Correo Argentino debería transmitir un total de más de 106.000 telegramas, más de 17.000 locales de comicios y de 1100 sucursales electorales habilitadas. En los últimos comicios solo el Comando Electoral movilizó más de 85.000 efectivos para garantizar la seguridad de todo el proceso y el número asciende drásticamente con las autoridades de mesa y empleados en el Correo, encargado de la transmisión.

“Javier ya dijo que va a plebiscitar muchos temas”, adelantó días atrás la candidata a gobernadora bonaerense por el espacio de Milei, Carolina Píparo. Lo que implica que, de poder concretarse, la erogación millonaria se repetiría y difícilmente contribuya a bajar el gasto que se propone la fuerza.

Eso sin contar que la herramienta no es de libre disposición y tiene limitaciones para uso. De hecho su utilización es tan excepcional que la última vez que se hizo un plebiscito en el país fue el 25 de noviembre de 1984, durante el gobierno de Ricardo Alfonsín. Fue en tren de definir si se aceptaba o no el Tratado de Paz con Chile por el Canal del Beagle y la respuesta de la población fue a favor de la respuesta pacifista.

Una herramienta constitucional

Además de los costos millonarios, la idea de introducir la herramienta del plebiscito tiene restricciones claras a nivel constitucional. Consultado por LA NACION, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez explicó que: “La Constitución Argentina establece, como regla de la representación, que el pueblo no delibera, ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por la Constitución, tal cual lo establece el artículo 22 de nuestra Constitución”. Tras lo que detalló que “la reforma de 1994 estableció, como una excepción a esta regla de representación, la incorporación de la “iniciativa legislativa” en artículo 39 y la consulta popular en el artículo 40 en la variable vinculante y no vinculante”. Y detalló que “ambas son excepciones a la regla general de la representación, con lo cual no se puede gobernar permanentemente a través de la utilización del mecanismo de la consulta popular, porque se estaría desvirtuando, desconociendo la regla de la representación que es que el pueblo no gobierna, ni delibera sino a través de sus representantes electos”.

Solo esta semana, tras haber ganado las elecciones, Milei aseguró que plebiscitaría la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), aprobada a fines de 2020. Dijo que haría un plebiscito y en caso de que la respuesta mayoritaria esté en contra, “eliminaría la ley”. Algo que no puede hacer, porque solo el Poder Legislativo tiene la facultad de sancionar y derogar leyes.

Las restricciones de la herramienta también lo limitan para hacer consultas populares en temas de materia penal, o en otras cuestiones que requieren de una mayoría especial en el Congreso o en áreas como las tributarias para Diputados o Coparticipación para el Senado, que requieren facultades propias.

El equipo de Milei no respondió a los llamados de LA NACION.

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