Entre las medidas que anunció ayer el Gobierno en el marco de las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI) se destacó la generalización del impuesto PAIS al 25% para todos los servicios -con algunas excepciones- y al 7,5% para algunos bienes.
Frente a esto, surgió la pregunta de si el ministro de Economía, Sergio Massa, no debía pasar por el Congreso para hacerlo porque es facultad del Legislativo crear impuestos. En principio, hay quienes piensan que sí debería hacerlo. Otros, en cambio, creen que está exceptuado por las facultades delegadas que dispuso la ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública.
Entre los primeros está Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, que piensa que el decreto 377 que salió hoy sería inconstitucional. Según su opinión, si bien el artículo 41 de la Ley 27541 delega en el Poder Ejecutivo la facultad de incorporar nuevas operaciones gravadas por el Impuesto PAIS en la medida en que impliquen la adquisición de moneda extranjera de manera directa o indirecta, el artículo 1 de esa norma indica que la delegación de facultades regía hasta el 31 de diciembre de 2020.
Dólar hoy, dólar blue hoy: a cuánto cotiza este lunes 24 de julio
“Más allá de que la delegación en sí misma sería inconstitucional, la misma podía ser ejercida por el Poder Ejecutivo hasta el 31 de diciembre de 2020. El Gobierno debería enviar un proyecto de Ley al Congreso para instrumentar este impuesto”, aseguró.
En tanto, el CEO del Estudio Lisicki, Litvin & Asoc., César Litvin, cree que el Gobierno estaría autorizado porque el artículo 35 de la mencionada ley habla de que el impuesto PAIS se iba a aplicar por cinco períodos fiscales.
“Respecto de las facultades delegadas por el impuesto país al Poder Ejecutivo, el impuesto es por cinco períodos fiscales, con lo cual, desde mi entendimiento, no están vencidas esas facultades”, afirmó.
En el mismo sentido, Cecilia Goldemberg, managing partner de Andersen Argentina, opinó que los impuestos son una imposición por decreto haciendo uso de la delegación dispuesta en la ley 27.541 creadora del gravamen, que deberá pasar por un proceso de control de la Comisión Bicameral Permanente y aprobación en el Congreso, pero, que hasta que no sean objetados, tendrán vigencia formal.
Más allá de esto, Litvin dijo que, desde la doctrina, se señala que cuando las delegaciones del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo se hacen muy frecuentes, se está violando el principio de legalidad según el cual todo aumento de impuestos o creación de impuestos debe ser autorizado por ley, porque es el Congreso el que tiene la potestad para autorizar nuevos impuestos, aumentos o disminuciones.
“Entonces, si bien formalmente hay una delegación del Poder Legislativo, cuantas más delegaciones haya, más cerca está de vulnerarse el principio de legalidad”, agregó. Según él, igual no se judicializaría la imposición.
Por su parte, Domínguez consideró que la judicialización del impuesto a las importaciones es difícil porque el importador tendría que conseguir una medida cautelar hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión -si es constitucional o no- y es poco probable que, por ejemplo, los jueces de Capital Federal se la den. “Es mucho más probable en el interior, pero también es complicado. Entonces, quizás lo que puede pasar es que alguno lo judicialice e igualmente tenga que pagar el impuesto, y en el futuro, el caso lo termine resolviendo la Corte y, si es inconstitucional, le devolverán todo lo que pagó con intereses que igual será muchísimo menos que la inflación”, señaló.
De acuerdo con esto, opinó que la oposición es la que debería hacer algo. “Juntos por el Cambio siempre dijo que no iban a aumentar impuestos. Bueno, esto es un aumento de impuestos por un decreto inconstitucional. Deberían decir algo, pero no sé si lo van a hacer”, cerró.