Las elecciones 2023 transcurren este domingo en la provincia de Chaco y, mientras los votantes van a las urnas para votar en estas PASO (Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias), rige la veda electoral, con prohibiciones y regulaciones que finaliza este mismo día.
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Según lo dispuesto por el Régimen Electoral Provincial, este período de reflexión, que empezó 48 horas antes de que abran los comicios, se mantiene vigente hasta tres horas después de cerrada la votación. De esta forma, la veda electoral en Chaco terminará este domingo 18 de junio a partir de las 21.
Qué está prohibido en la veda electoral de Chaco
El artículo 65 del Régimen Electoral chaqueño dispone las prohibiciones establecidas por la veda electoral y la extensión temporal de las mismas. En esta provincia el día de la votación, por ejemplo, está prohibido:
Admitir reuniones de electores o depósito de armas a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora. La legislación indica que, “si la finca fuese tomada a viva fuerza, deberá darse aviso inmediato a la autoridad policial”.Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, las fiestas teatrales o deportivas, y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral. Esto no podrá llevarse a cabo durante el desarrollo de los comicios y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos por parte de los electores. Esta prohibición rige durante el día de la elección, 12 horas antes y una hora después de finalizada.La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.Los actos públicos de proselitismo. Estos están prohibidos desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios.Cuál es la sanción para quienes no hayan ido a votar en la elección de Chaco
La Constitución Provincial de Chaco indica que el voto es “universal, libre, igual, secreto, obligatorio e intransferible”. Por lo tanto, las personas que no se presentan a votar en las elecciones en este distrito serán sancionadas.
De todos modos, esto no aplica en los casos previstos por la ley por la cual las personas se ven obligadas a ausentarse en las elecciones. Estas deberán justificar los motivos por los cuales no pudieron emitir su voto ante el Juez de Paz del domicilio o Tribunal Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección para no pagar la multa.
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Aquellas personas que no se presenten al acto electoral recibirán una multa. De acuerdo al artículo 123 de la Ley Electoral, esta sanción será de entre $50 a $500 y se aplicará al elector mayor de 18 años y menor de setenta 70 años de edad que dejare de emitir su voto y que no lo haya justificado ante la Justicia Electoral.
Además, esta multa quedará asentada en el Registro de Infractores del Tribunal Electoral de la provincia de Chaco, la cual se deberá pagar consecuentemente. Los electores podrán consultar en el sitio oficial del registro para saber si tiene algún pago pendiente. Para obtener esa información, deberán seleccionar la elección a la cual no pudieron asistir, su DNI y el género. De esa forma, podrán ver si tienen alguna infracción registrada en el sistema.