Las Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) se celebraron en siete municipios de Mendoza, el pasado 30 de abril, tras ser adelantadas. En ellas, se produjo el debut del sistema de Boleta Única Papel, en medio de una avanzada del peronismo en seis de las comunas. En tanto, los ciudadanos recibieron la notificación de que fueron seleccionados como autoridades de mesa, de cara al próximo 11 de junio, pero un detalle durante el texto de la carta llamó la atención de los usuarios de las redes sociales: un inédito error ortográfico en las citaciones.
Elecciones 2023: cómo es el calendario electoral completo
Previo a las PASO, los ciudadanos elegidos para realizar la jornada electoral como autoridades de mesa, designados por la Junta Electoral provincial, recibieron la notificación para su citación, firmada por el titular de la Suprema Corte, Dalmiro Garay. Pero un detalle llamó la atención de los usuarios y la imagen se difundió rápidamente a través de las redes sociales.
Se trató de un error ortográfico que se destacó en la carta. “Se comunica que la Honorable Junta Electoral de la Provincia de Mendoza la ha designado como VISEPRESIDENTE de la mesa”, se leyó sobre el papel. Lo que más llamó la atención de los usuarios no fue solo la equivocación, sino que la palabra completa apareció en mayúsculas.
De acuerdo a lo establecido en la Ley 26.571, para las elecciones presidenciales 2023, las PASO se celebrarán el próximo 13 de agosto en el territorio nacional; mientras que el escrutinio definitivo se conocerá dos días después, el15.
Por qué pidieron suspender las PASO
Un pedido para suspender las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias llegó hasta la Corte Suprema de Justicia. El texto fue presentado por el partido PAIS, presidido por Oscar Héctor Alva, quien firmó el escrito; en oposición a la ley bonaerense 15.315, que permite que los intendentes puedan ser reelegidos hasta en tres mandatos consecutivos. En tanto, la formación solicitó que el máximo tribunal suspenda estas elecciones en la provincia de Buenos Aires, hasta que “se dicte la respectiva sentencia”.
El constitucionalista Andrés Gil Domínguez fue el abogado patrocinante en la demanda, que detalla que la ley vigente vulnera garantías republicanas contempladas por la Constitución Nacional y desconoce los estándares internacionales en la materia. Todo surgió a raíz de la sanción de la Ley 14.836, del año 2016, que derivó en la modificación del régimen ordinario limitándose la reelección del cargo de intendente a un solo período.
La demanda detalló: “El régimen aprobado en 2016 configuró un avance progresivo respecto del viejo sistema, en términos de garantía del sistema republicano y del sistema de derechos; al impedir los deseos de perpetuidad en el ejercicio del poder, asegurar la renovación de la política y habilitar a la oposición la posibilidad real de convertirse en gobierno”. Y siguió: “La derogación de la interdicción de más de una reelección, mediante la sanción de la ley 15.315, implicó desconocer el principio de progresividad y no regresividad institucional, el cual postula que, una vez alcanzado un determinado estadio normativo de garantía institucional, no es posible retroceder, a menos que se expongan argumentos razonables que lo justifiquen”.