El fiscal federal Carlos Rívolo pidió hoy elevar a juicio la causa por el atentado contra Cristina Kirchner con tres acusados: Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte, como coautores del intento de homicidio, y Nicolás Carrizo, como partícipe secundario.
Para Rívolo, la “etapa instructoria” ya “está completa”; debe clausurarse este tramo de la investigación y enviarse el expediente a un tribunal oral que juzgue a los tres procesados: Sabag Montiel, el hombre que gatilló a centímetros de la cabeza de Cristina Kirchner; Uliarte, pareja de Sabag, que esa noche estaba con él y según el fiscal participó de la planificación del ataque, y Carrizo, el líder del grupo de vendedores de copos de algodón de azúcar acusado de haber colaborado con Sabag y Uliarte.
Los abogados de la vicepresidenta se opusieron a que el caso se eleve a juicio en este momento. Sostuvieron que había pruebas por profundizar y que podría haber otros responsables del ataque que no fueron acabadamente investigados. Rívolo advirtió en su dictamen de hoy que existen “hipótesis de investigación con medidas de prueba pendientes” sobre las que se seguirá trabajando en su fiscalía aunque la causa se eleve a un tribunal oral.
Advirtió, no obstante, que para él el hecho no requirió financiación y que de la investigación sobre los patrimonios de los acusados no surge que hubieran recibido un “pago directo” por el atentado. Por eso, para Rívolo, el hecho puede haberse cometido sin que nadie más haya participado.
“Le imputo a Fernando André Sabag Montiel haber intentado matar, de manera premeditada, a Cristina Elisabet Fernández de Kirchner -vicepresidenta de la Nación y presidenta de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación-, contando para ello con la planificación y acuerdo previo de Brenda Elizabeth Uliarte y Gabriel Nicolás Carrizo”, sostuvo Rívolo en el inicio de su dictamen.
El fiscal detalló que el hecho sucedió “el 1° de septiembre de 2022, a las 21:00 horas aproximadamente, en la intersección de las calles Juncal y Uruguay” cuando “la víctima se encontraba saludando a las personas que estaban en el lugar, ocasión en la que el imputado, aprovechando el estado de indefensión en virtud de la multitud existente, apuntó hacia su rostro y, a corta distancia, accionó, en al menos una ocasión, la cola del disparador de una pistola semiautomática de acción simple, calibre .32 auto, marca Bersa, modelo Lusber 84 con la numeración 25037 en el lateral izquierdo del cañón, sin que se produzca el disparo pese a encontrarse la misma cargada con cinco cartuchos del mismo calibre y resultar apta para sus fines específicos”.
Rívolo relató que Sabag Montiel “contó con el aporte de Brenda Elizabeth Uliarte, quien estaba presente en las inmediaciones del lugar al cual arribaron conjuntamente y quien brindó el acuerdo, cooperación, apoyo moral y logístico para su realización”.
El fiscal también acusó a Sabag de haber portado el arma de fuego “sin contar con la debida autorización legal”.
A Uliarte, Rívolo le imputó haber participado de “la planificación del premeditado intento de homicidio”. Detalló que ella llegó al lugar junto a Sabag Montiel y le dio “apoyo logístico y moral” para el atentado. Según el fiscal, Uliarte mantuvo “diversas comunicaciones con ambos coimputados” (Sabag y Carrizo) “de las que surge que planificó el suceso, evaluando diversas alternativas e intentos para llevarlo a cabo y evitar ser puestos al descubierto”. Rívolo también pidió que ella responda por la tenencia del arma.
En cuanto a Carrizo, está acusado de haber tomado parte “en la planificación del intento premeditado de dar muerte” a la vicepresidenta, dado que “intervino de forma activa en la planificación del suceso, habiendo aportado para su realización un arma de fuego tipo pistola calibre .22 corto, la cual finalmente no fue la empleada para concretar el delito planificado”, sostuvo el fiscal.
Sin financistas
Rívolo sostuvo en su dictamen que “al menos hasta este momento y luego de haberse producido numerosas medidas tanto por esta Fiscalía como por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), no se ha podido corroborar, tanto que el ataque investigado haya requerido de una financiación específica, como que los imputados hubieren recibido financiación externa o pago alguno para llevarlo adelante”.
El fiscal dijo que “resulta objetivo e incontrastable” que la logística y la materialidad del ataque no requirieron “de una gran inversión de dinero u otros recursos”.
En cuanto al arma, Rívolo dijo que “fue conseguida previamente por Sabag Montiel, presumiblemente sin tener que desembolsar dinero porque le pertenecía al recientemente fallecido Martín Herrera, un conocido o amigo suyo con quien llegó a convivir durante un tiempo”. También, que “los imputados se movilizaban en transporte público mediante la presumible exhibición de un certificado de discapacidad falso, con lo cual no necesitaban dinero para trasladarse por la ciudad y el gran Buenos Aires”. Y que “la planificación previa sobre el domicilio de la vicepresidenta y sus movimientos fueron realizadas por ellos mismos en las inmediaciones del domicilio de la víctima, conforme lo acreditan las conversaciones ya analizadas”.
El fiscal destacó en su dictamen que los acusados “no contaban con aparatos específicos tecnológicos ni con equipamiento técnico alguno”.
Ahora será el turno de las defensas de opinar sobre si el caso debe ser elevado a juicio. Después, la jueza María Eugenia Capuchetti tomará la decisión.
Calificaciones legales
Fernando Sabag Montiel. El fiscal pide que enfrente un juicio oral por los delitos de “homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, agravado por el empleo de un arma de fuego, en grado de tentativa, en calidad de autor; portación de un arma de guerra sin la debida autorización legal en calidad de autor; receptación, a sabiendas de su procedencia ilegítima de un arma de fuego, agravado por provenir de un delito cuya pena es mayor a tres años de prisión, en calidad de coautor, todos ellos en concurso material entre sí”.
Brenda Uliarte. Rívolo sostiene que debe ir a juicio por los delitos de “homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, agravado por el empleo de un arma de fuego, en grado de tentativa, en calidad de partícipe necesaria; tenencia de un arma de guerra sin la debida autorización legal en calidad de autora; receptación, a sabiendas de su procedencia ilegítima de un arma de fuego, agravado por provenir de un delito cuya pena es mayor a tres años de prisión, en calidad de coautora, todos ellos en concurso material entre sí”.
La pena para el partícipe necesario es la misma que para el autor del delito.
Nicolás Carrizo. El fiscal pidió que se lo juzgue por los delitos de “homicidio calificado, por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas, agravado por el empleo de un arma de fuego, en grado de tentativa, en calidad de partícipe secundario”.