El tucumano Juan Manzur y el sanjuanino Sergio Uñac tienen en común que recibieron un freno de parte de la Corte Suprema a las elecciones en las que intentaban mantenerse en el poder provincial. Pero también comparten que, antes del revés del máximo tribunal, habían sido beneficiados por fallos de los tribunales provinciales que habían habilitado sus postulaciones a vicegobernador de Tucumán y gobernador de San Juan, respectivamente. Los jueces que habían dado su aprobación a las candidaturas tienen vínculos con los dos, ya sea porque fueron nombrados durante sus gestiones o por administraciones en las que tuvieron participación.
Juan Manzur, gobernador de Tucumán por dos ejercicios consecutivos e, inmediatamente antes, vicegobernador también en dos oportunidades junto a José Alperovich, presentó en el 24 de octubre de 2022 un amparo ante la Corte Suprema de Justicia provincial para ser candidato en 2023. Argumentó que el impedimento para su candidatura, no contemplada en la Constitución local, generaría un “una lesión irreparable a un derecho humano básico y trascendental”. Un mes después, el 30 de noviembre, el máximo tribunal local lo habilitó con un fallo dividido, con tres votos a favor y dos en disidencia. De esta manera, le allanó el camino para la postulación, bloqueado ayer por la Corte nacional.
La sentencia, a la que accedió LA NACION, lleva la firma de los vocales Daniel Leiva, Antonio Estofán y Eleonora Rodríguez Campos, y cuenta con la disidencia de Claudia Sbdar y Daniel Posse. Todos ellos tienen lazos directos con Manzur: dos fueron designados por él (Leiva y Rodríguez Campos) y los tres restantes por Alperovich (Sbdar, Posse y Estofán). Además, antes de llegar al tribunal, Posse se desempeñó como funcionario de la gestión como secretario de Gobierno primero y como secretario de Innovación y Desarrollo Tecnológico despúes. Estofán, en tanto, había sido fiscal de Estado y un hombre que supo ser muy cercano a Alperovich.
Aquella vez, los jueces tucumanos hicieron un análisis del artículo 90 de la carta magna local, que establece la reelección del gobernador y del vice. “Manifiesta que para privar legítimamente a cualquier persona de sus derechos políticos, el Estado debe antes haber determinado esa restricción de modo expreso. En este caso, desde su punto de vista, al no haber norma expresa ni constitucional ni legal ni reglamentaria, debe necesariamente interpretarse que la postulación está permitida”, dice un fragmento del texto emitido por los magistrados Leiva, Estofán y Rodríguez Campos.
Y agrega: “El actor transcribe el artículo 90 de la Constitución de Tucumán y señala que de esa norma se deriva la prohibición expresa de reelección del gobernador y vicegobernador después de haber cumplido dos mandatos consecutivos; la posibilidad del vicegobernador de ser candidato a gobernador no obstante haberse desempeñado como vicegobernador y la omisión de la norma referida a la posibilidad de que del gobernador que se ha desempeñado por dos períodos consecutivos sea candidato a vicegobernador. Según su criterio, este caso no previsto se resuelve mediante la aplicación de principios básicos del derecho, tal como la regla a fortiori. En efecto, continúa, si el vicegobernador puede aspirar al cargo de gobernador no obstante haberse desempeñado durante dos períodos consecutivos como vicegobernador, a fortiori puede entonces hacerlo el gobernador con relación al cargo de vicegobernador”.
San Juan
El 1º de abril, el Tribunal Electoral de San Juan había dado su visto bueno a la postulación de Uñac a la gobernación para intentar un tercer mandato consecutivo (es gobernador desde 2015), que se sumaría a un período previo como vicegobernador de José Luis Gioja, entre 2011 y 2015. La definición echaba por tierra las cuatro presentaciones que habían hecho en la Justicia provincial partidos y candidatos opositores. El artículo 175 de la Constitución sanjuanina indica que el gobernador y el vicegobernador “duran cuatro años” en sus funciones “y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”.
En su fallo del 1º de abril, el tribunal electoral provincial habilitó a Uñac a competir. Argumentó: “Se trata de dos cargos diferentes, gobernador y vicegobernador, y por ello deben computarse separadamente las reelecciones, permitiendo afirmar que no existe óbice constitucional para que, quien ha sido un período vicegobernador, sea luego, consecutivamente, tres períodos gobernador”.
El tribunal que había habilitado al mandatario sanjuanino está integrado por dos ministros de la Corte de Justicia sanjuanina y por el fiscal general ante el máximo tribunal provincial. Son los jueces Daniel Olivares Yapur y Adriana García Nieto, y el fiscal Eduardo Quattropani. Tanto Olivares Yapur como Nieto fueron nombrados por Uñac en su primera gestión. Quattropani está en el cargo desde 1993.
Olivares Yapur accedió al cargo de ministro de la Corte de San Juan en noviembre de 2019, cuando Uñac finalizaba su primer mandato como gobernador. Fue designado por la Cámara de Diputados provincial junto al juez Juan José Victoria, quien no integra el Tribunal Electoral. Ambos eran camaristas civiles. Olivares Yapur es un dirigente peronista del departamento Pocito, del que es oriundo Uñac, que fue intendente municipal durante dos períodos (1995-1999 y 1999-2003). El juez es amigo del gobernador y fue candidato a diputado provincial en 2003.
García Nieto llegó a la Corte provincial en 2018, tras ser asesora letrada de Uñac en la gobernación. Es la primera mujer ministra de la Corte sanjuanina. Es hermana de Pablo García Nieto, amigo del gobernador, actual defensor del pueblo provincial y candidato a diputado por el departamento Rawson en la boleta del oficialismo.
Los nombramientos en la Corte de Olivares Yapur y de García Nieto son parte de una renovación en el máximo tribunal provincial que encaró Uñac, que nombró a todos los nuevos cinco integrantes. Además de esos dos jueces que son parte del Tribunal Electoral, los restantes jueces de la Corte son Marcelo Lima, Guillermo De Sanctis y Juan José Victoria. Antes de asumir en la Corte, el 3 de marzo de 2020, Lima había sido vicegobernador de Uñac, en su primer mandato al frente de la provincia. De Sanctis fue jefe de asesores de Gioja y luego fiscal de Estado nombrado por el exgobernador. Victoria era camarista civil y llegó junto a Olivares Yapur a la Corte provincial.
Con la colaboración de Enrique Merenda